Auto Supremo AS/0127/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0127/2015-RA-L

Fecha: 04-Mar-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación fiscal y particular Benjamín Juan Carlos Blanco Quintanilla y Agnes Scarlet Mejía Rivera (fs.2 a 3 vta. y 7 a 10) respectivamente, desarrollada la audiencia de juicio oral, el Tribunal Segundo de Sentencia de la ciudad de El Alto del Distrito Judicial de La Paz, emitió la Sentencia S-12/2009 de 13 de Julio (fs. 273 a 283), declarando a Germán Efraín Chacón Monje autor de la comisión del delito de estafa, previsto y sancionado por el art. 335 CP, imponiéndole una pena de reclusión de tres años y seis meses de privación de libertad a cumplir en el Penal de San Pedro de la ciudad de La Paz, mas ciento días multa a razón de Bs. 30.-(treinta bolivianos 00/100) por día y costas