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    Auto Supremo AS/0169/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0169/2015

    Fecha: 30-Mar-2015

    Siendo excusable el error del Juez a quo y el Tribunal ad quem no se

    Siendo excusable el error del Juez a quo y el Tribunal ad quem no se impone multas
    • Demandado: Cooperativa de Telecomunicaciones Oruro Ltda
    • VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs
    • Interpuesto el recurso de apelación por el representante legal de la entidad demandada (fs
    • Dicha resolución motivó el recurso de casación en la forma, interpuesto por la “COTEOR Ltda”
    • Señaló por otra parte, que el art
    • Por lo expuesto, solicitó al Tribunal Supremo (TS), anule obrados, sea hasta el decreto de
    • Ana Morales Balderrama de Mendoza, en la contestación al recurso de casación manifestó, que la
    • Que la R
    • Que, así expuestos los fundamentos del recurso, corresponde resolver el mismo en base a los
    • Las excepciones previas o dilatorias - Según Palacio "Son aquellas oposiciones que, en caso de
    • Establecido el trámite, resulta importante, para verificar la procedencia del recurso de casación contra las
    • Al respecto corresponde establecer que, a partir de la vigencia de la Ley Nº 1760
    • Que, si bien es cierto que el art
    • En consecuencia, corresponde al Tribunal Supremo de Justicia, en aras de precautelar el derecho constitucional
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Adm
    • Siendo excusable el error del Juez a quo y el Tribunal ad quem no se
    • En cumplimiento del art
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase

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