Auto Supremo AS/0187/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0187/2015-RA

Fecha: 18-Mar-2015

Del memorial de fs. 214 a 221, se extraen los siguientes motivos


II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del memorial de fs. 214 a 221, se extraen los siguientes motivos:

1) Como primer agravio, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada no consideró su reclamo referido a que la Sentencia incurrió en inobservancia de la ley sustantiva y la Ley de Tránsito; toda vez, que la Jueza de origen no habría tomado en cuenta que la víctima contravino lo previsto por los arts. 85, 100 y 210 del Código de Tránsito, ya que no tendría licencia de conducir, acomodando su conducta al delito de Conducción Peligrosa, conforme prevé el art. 210 del CP; asevera, que además se infringió el art. 97 del Código de Tránsito, puesto que el acusador no llevaba su casco, razón de la consecuencia del accidente que se habría visto agravada, y peor aún la motocicleta que conducía la víctima no habría tenido placas de circulación, ni el Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito (SOAT), aspectos que alega no fueron considerados por el Tribunal de Sentencia, valorando en su contra únicamente los informes policiales signados como pruebas MP-5, MP-7 y MP-9; señalando el Tribunal de alzada, que la Jueza de primera instancia actuó correctamente, argumento que considera, no es evidente, ya que el Tribunal de Sentencia no habría fundamentado los motivos de hecho y derecho en los que basó su decisión, violando el principio de fundamentación y el debido proceso. Sobre este reclamo invoca el Auto Supremo 82 de 30 de enero de 2006