a) En mérito a la acusación pública (fs
I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
I.1. Antecedentes
a) En mérito a la acusación pública (fs. 5 a 6 vta.) y previa audiencia de juicio oral, el Tribunal de Sentencia de Villa Montes del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, pronunció la Sentencia 11/2012 de 22 de octubre (fs. 106 a 113) declarando al recurrente, autor y culpable del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado en el art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley 1008, condenándole a la pena privativa de libertad de catorce años de presidio, a cumplir en el Cárcel Pública de Morros Blancos de Tarija, más costas a favor del Estado
- Por memorial presentado el 13 de noviembre de 2014, cursante de fs
- a) En mérito a la acusación pública (fs
- b) La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por el recurrente (fs
- De manera preliminar el recurrente asevera que el Auto de Vista “68/2014”, es contrario y
- Mediante Auto Supremo 720/2014-RA de 12 de diciembre cursante de fs
- Tomando en cuenta los argumentos contenidos en el recurso de casación formulado en la presente
- Por memorial presentado el 27 de abril de 2012 (fs
- II.2. De la Sentencia
- II.3. De la apelación restringida
- El Tribunal de alzada, analizando el recurso de apelación restringida consideró: 1) En cuanto a
- Habiendo sido admitido el recurso de casación, corresponde emitir pronunciamiento de fondo, dentro de los
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- El art
- En el primer caso y cuando se deje sin efecto el fallo que motivó el
- En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
- Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
- De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
- III.2 Análisis del recurso de casación que es caso de autos
- El imputado en su recurso de casación, denuncia que no se habría dado una respuesta
- El primer precedente invocado, fue emitido dentro de un proceso seguido por el delito de
- Con estos antecedentes, estableció: “Las resoluciones, para ser válidas, deben ser motivadas
- La exigencia de motivación constituye una garantía constitucional de justicia, fundada en el régimen republicano
- En virtud de éstas razones, la ley procesal consagra la exigencia de motivación de las
- La motivación, a la vez que un requisito formal, que en la sentencia no se
- a) Expresa: Porque el juez, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o
- c) Completa: La exigencia comprende a todas las cuestiones fundamentales de la causa y a
- Esto no implica que los hechos secundarios queden excluidos; la obligación de motivar alcanza también
- La motivación, para ser completa, debe referirse al hecho y al derecho, valorando las pruebas
- d) Legítima: La legitimidad de la motivación se refiere tanto a la validez intrínseca de
- También, por supuesto, será ilegítima la motivación si se funda en prueba obtenida por un
- Al respecto, señala Maier: ‘
- e) Lógica: Finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
- El Auto Supremo 349 de 28 de agosto de 2006, fue emitido dentro de una
- En ese sentido, el referido Auto Supremo estableció la siguiente doctrina: “En ningún fallo puede
- Por otra parte, se deja en ‘indefensión’ a las partes y se viola la garantía
- Ahora bien, teniendo en cuenta los criterios desarrollados por este Tribunal en cuanto a la
- De la revisión del memorial de recurso de apelación restringida y del Auto de Vista
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
