Auto Supremo AS/0201/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0201/2015-RA

Fecha: 24-Mar-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 19/2014 de 18 de agosto (fs. 456 a 461 vta.), el Juez Séptimo de Sentencia y Partido en lo Penal Liquidador del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a los imputados Elena Melendrez de Aguilera, Gregorio Brañez Aramayo y Angélica Pernea Tapia, autores y culpables de la comisión de los delitos de Despojo y Perturbación de Posesión, previstos y sancionados por los arts. 351 y 353 del CP, imponiéndoles la pena de tres años y dos meses de presidio; y, absueltos de los delitos de Alteración de Linderos y Daño Simple.

b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados formularon recursos de apelación restringida (fs. 479 a 481 vta. y 487 a 489 vta.), resueltos por Auto de Vista 93 de 17 de noviembre de 2014 (fs. 500 a 503 vta.), emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisibles e improcedentes los citados recursos