Auto Supremo AS/0217/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0217/2015-RA

Fecha: 31-Mar-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 5/2014 de 23 de junio (fs. 126 a 132), el Juez de Partido Primero y de Sentencia de Villa Montes del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró a Paulo Irahola Solíz, autor de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley 1008, imponiéndole la sanción de once años de presidio, más 300 días multa a razón de Bs. 1.- por día, y costas al Estado a calificarse en ejecución de Sentencia.

b) Contra la mencionada Sentencia y su Auto Complementario de fs. 136 y vta., el recurrente interpuso recurso de apelación restringida (fs. 140 a 143 vta.), resuelto por el Auto de Vista 29/2014 de 22 de diciembre, emitida por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que declaró sin lugar el mencionado recurso, confirmándose la Sentencia apelada