Auto Supremo AS/0046/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0046/2015-L

Fecha: 02-Abr-2015

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Juez Cuarto de Partido de Trabajo y

VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 168 a 171, interpuesto por Jesús Arroyo Toledo, contra el Auto de Vista Nº 483 de 4 de noviembre de 2009 (fs. 164 a 165), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, dentro del proceso social que se tramita en liquidación seguido por Jesús Arroyo Toledo, por intermedio de su apoderado Eladio Ojeda Espinoza, contra la Empresa de Muebles Villanueva, representada por su propietario Juan Villanueva Zarate, el auto de fs. 175 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso y;
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Juez Cuarto de Partido de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la Sentencia Nº 19 de 29 de julio de 2009 (fs. 147 a 149), declarando, probada la excepción perentoria de pago documentado, toda vez que el demandado acredita el pago de los beneficios sociales mediante documental de fs. 12 consistente en recibo de dinero adjuntando en original a fs. 63, más documental de fs. 13, 54, 55, y 56 consistentes en finiquitos de pago de beneficios sociales y de quinquenios consolidados en directa relación con la confesión judicial provocada de fs. 85 a 86, por lo que el demandante reconoce como suyas las firmas de los ya citados documentos de fs. 12 a 13, e improbada la demanda de fs. 7 complementada a fs. 59, con costas