De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) En mérito a la acusación particular presentada por Fortino Jaime Agramont Botello, una vez concluida la audiencia de juicio oral, el Juez Cuarto de Partido y Sentencia de la ciudad de El Alto de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció la Sentencia 12/2009 de 22 de octubre (fs. 686 a 691), por la que declaró a la imputada Rina Gutiérrez Coronel, absuelta de pena y culpa de la comisión de los delitos de Difamación, Calumnia, Propalación de Ofensas e Injurias, previstos y sancionados por los arts. 282, 283, 285 y 287 del CP, sin costas por ser excusable y, sin lugar a declararse la temeridad y malicia de la acusación
- Por memorial presentado el 18 de febrero de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- En ese contexto el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- iii) Como única prueba admisible, debe acompañarse copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el primer requisito
- En cuanto a los argumentos del recurso de casación, corresponde verificar el cumplimiento de los
- En ese contexto, se evidencia que en el contenido íntegro del recurso de casación, el
- Por otro lado, la argumentación de que la Sentencia y el Auto de Vista ingresarían
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
