De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) En mérito a la acusación particular (fs. 2 a 3 vta.), desarrollada la audiencia de juicio oral, por Sentencia 1/07 de 3 de abril de 2007 (fs. 62 a 64 vta.), emitida por el Juzgado de Partido de Tarata de la provincia Esteban Arce de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, declaró a Daniel Sejas Zapata, autor de la comisión del delito de Daño Simple, previsto y sancionado por el art. 357 del CP, condenándolo a la pena de reclusión de un año a cumplir en la Cárcel Pública de la Provincia Arani del Departamento de Cochabamba, más sesenta días multa cuantificables a bolivianos treinta por cada día a cancelarse a los veinte días de ejecutoriada la misma
- Por memorial presentado el 8 de noviembre de 2009, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Daniel Sejas Zapata, presentó recurso de apelación restringida
- Del memorial que cursa de fs. 98 a 99 vta., se extrae el siguiente motivo
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- Con relación al plazo para la interposición del recurso de casación, el recurrente fue notificado
- Con relación al motivo interpuesto, el mismo carece de técnica recursiva, por cuanto realiza apreciaciones
- Analizado el agravio expresado, el recurrente no cumplió con su obligación de invocar los precedentes
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
