De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Desarrollada la audiencia del juicio oral y público, por Sentencia de 22 de enero de 2007 (fs. 39 a 41), la Jueza Tercera de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, declaró a Edelfrida Montenegro Vda. de Gonzáles, autora del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP, imponiéndole la pena de dos años y ocho meses de reclusión a cumplir en la cárcel Publica de San Sebastián “Mujeres”, más multa de ochenta días razón de Bs. 3.- (tres bolivianos) por día, con costas. Por otra parte, en aplicación de los arts. 365 y 366 del Código de Procedimiento Penal (CPP), se señalo que la sentenciada puede beneficiarse con la suspensión condicional de la pena previa acreditación de los requisitos exigidos por ley
- Por memorial presentado el 04 de enero de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Edelfrida Montenegro Vda
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 30 de diciembre de 2009, la
- Con relación al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, en cuanto a la denuncia
- Finalmente respecto a la denuncia de la presunta existencia de defecto absoluto, conforme lo ya
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
