En ese entendido, de la revisión de los agravios denunciados por el recurrente se puede
En ese entendido, de la revisión de los agravios denunciados por el recurrente se puede establecer; de un lado, que en ninguno de ellos, invocó precedente contradictorio alguno; pues si bien en el primer inciso citó la Sentencia 01/05 Caso 301199200013993; sin embargo, resulta difícil distinguir si lo hace en calidad de precedente contradictorio o solamente lo consideró como antecedentes para el resumen de sus agravios. No obstante ello, cualquiera sea el caso, al tratarse de una Sentencia que además no se encuentra claramente identificada, ésta no constituye precedente contradictorio, pues como se señaló precedentemente, conforme a la normativa dispuesta en el art. 416 del CPP, este tipo de fallos, no ingresa dentro de las resoluciones con tal calidad, a efectos de contrastar lo denunciado y los argumentos de la misma y descubrir un sentido jurídico distinto al que le asignó el auto de vista impugnado que no coincida con el del precedente, sea por haberse aplicado normas distintas o de una misma norma con diverso alcance; y de otro lado, se denota que la parte recurrente basa sus motivos únicamente en los argumentos contenidos en el fallo de mérito, emitido en juicio, así como denuncia las actuaciones del Juez de Sentencia; pretendiendo que este Tribunal realice su función nomofiláctica con relación a la Sentencia, buscando inducir a un nuevo control de legalidad de dicho fallo dentro de una etapa procesal que no se encuentra reservada para ello, puesto que la misma ya fue objeto de análisis por parte del Tribunal de alzada, en todo caso, corresponde al recurrente cumplir con la carga de realizar una fundamentación de forma objetiva, identificando expresamente cuáles son los actos procesales que provocaron la presunta vulneración legal, pero siempre con relación al Auto de Vista emitido a tiempo de resolver la apelación restringida y no así la Sentencia de mérito; en consecuencia, puesto que no es posible legalmente, retozar etapas y menos utilizar un instituto jurídico desnaturalizando su verdadero alcance y objetivo; no resulta coherente, el planteamiento del recurso de casación mediante la reiteración de los mismos puntos reclamados a tiempo de la formulación de la apelación restringida, en atención a su diferente finalidad
- Por memorial presentado el 22 de febrero de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, el acusador particular, formuló recurso de apelación restringida (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Agrega el recurrente que el Juzgador sostuvo en la Sentencia, que se “…habría contratado
- 3) Señala que el delito de Uso de Instrumento Falsificado está por demás probado; por
- Agrega finalmente que, denunciando la existencia de defectos absolutos, defectos en la Sentencia, además de
- El art
- existe contradicción cuando en una situación de hecho similar, el sentido jurídico que se asigna
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que, esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- Respecto a los motivos alegados en los tres incisos desglosados en el parágrafo II de
- Previo a ingresar al análisis del caso concreto corresponde señalar que la labor de este
- En virtud a lo cual, corresponde a quien recurre de casación, motivar en términos claros
- En ese entendido, de la revisión de los agravios denunciados por el recurrente se puede
- En virtud a lo señalado, habiéndose evidenciado que en la presente causa se omitió; la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
