Auto Supremo AS/0192/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0192/2015

Fecha: 07-Abr-2015

En base a estas conceptualizaciones precedentemente anotadas, se establece con absoluta claridad en la especie,

En base a estas conceptualizaciones precedentemente anotadas, se establece con absoluta claridad en la especie, que el primer referente que da inicio a la acción es el memorial de demanda que fue recepcionado el 28 de diciembre de 2012 conforme consta del formulario de fs. 9, a través del cual el recurrente pretende el pago de indemnización, desahucio, vacaciones, salario dominical y bono de antigüedad, más la multa del 30% conforme el Decreto Supremo Nº 28699 con cargo a su empleador; es decir, por el periodo de ejercicio de labores comprendido entre el 4 de septiembre de 1974 al 10 de junio de 1990, con el argumento central de apoyarse en las disposiciones contenidas en el art. 48 y 123 de la CPE