b)
b). Error de derecho en la apreciación de la prueba cursante a fs. 10, el Auto de Vista desconoció el valor probatorio que otorga la ley al documento privado tácitamente reconocido, como en el caso, pues una vez puesto a conocimiento de la actora ésta no lo negó ni lo tacho de falso, por lo que el Tribunal de apelación en su valoración debió aplicar el art. 161-a) del CPT
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- En grado de apelación interpuesta por la demandada de (fs
- Contra el referido Auto de Vista, la demandada Ángela Rivera Diez Vda
- b)
- Concluyó su recurso pidiendo al Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista
- El problema jurídico traído en casación se circunscribe a la causal de la desvinculación laboral,
- Revisado los antecedentes y los fundamentos de la resolución de vista impugnado en el marco
- Del fundamento glosado, no es difícil advertir que el tribunal ad quem arriba a tal
- Así entonces existiendo dos pruebas contradictorias sobre un mismo hecho, corresponderá al juez, ante la
- Bajo estos parámetros se concluye que el tribunal de apelación resolvió la causa con total
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
