VISTOS: El recurso de casación de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 198
Sucre, 07 de abril de 2015
Expediente: 394/2014-S
Demandante: Rosio Mendoza Mendoza
Demandada: Ángela Rivera Diez Vda. de Villazón
Distrito: Beni
Magistrado Relator: Dr. Pastor Segundo Mamani Villca
VISTOS: El recurso de casación de fs. 117 a 118 vta., interpuesto por Ángela Rivera Diez Vda. de Villazón, en su condición de Gerente Propietaria del Hotel Jacaranda, contra el Auto de Vista Nº 102 /2014 31 de octubre a fs. 114 vta., emitido por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental del Distrito Judicial del Beni, dentro del proceso laboral por pago de beneficios sociales seguido por Rosio Mendoza Mendoza contra la recurrente, Auto Nº 128/14 que concedió el recurso a fs. 126 los antecedentes del proceso., y:
CONSIDERANDO I:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1 Sentencia
Tramitada la demanda interpuesta, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de Trinidad-Beni, pronunció Sentencia Nº 053/2014 de 28 de julio (fojas 96 a 99), declarando probada en parte la demanda, con costas, disponiendo que la demandada como representante del Hotel Jacaranda cancele a favor de la actora, la suma de Bs. 4.161,59.- por concepto de beneficios sociales
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 198
Sucre, 07 de abril de 2015
Expediente: 394/2014-S
Demandante: Rosio Mendoza Mendoza
Demandada: Ángela Rivera Diez Vda. de Villazón
Distrito: Beni
Magistrado Relator: Dr. Pastor Segundo Mamani Villca
VISTOS: El recurso de casación de fs. 117 a 118 vta., interpuesto por Ángela Rivera Diez Vda. de Villazón, en su condición de Gerente Propietaria del Hotel Jacaranda, contra el Auto de Vista Nº 102 /2014 31 de octubre a fs. 114 vta., emitido por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental del Distrito Judicial del Beni, dentro del proceso laboral por pago de beneficios sociales seguido por Rosio Mendoza Mendoza contra la recurrente, Auto Nº 128/14 que concedió el recurso a fs. 126 los antecedentes del proceso., y:
CONSIDERANDO I:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1 Sentencia
Tramitada la demanda interpuesta, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de Trinidad-Beni, pronunció Sentencia Nº 053/2014 de 28 de julio (fojas 96 a 99), declarando probada en parte la demanda, con costas, disponiendo que la demandada como representante del Hotel Jacaranda cancele a favor de la actora, la suma de Bs. 4.161,59.- por concepto de beneficios sociales
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- En grado de apelación interpuesta por la demandada de (fs
- Contra el referido Auto de Vista, la demandada Ángela Rivera Diez Vda
- b)
- Concluyó su recurso pidiendo al Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista
- El problema jurídico traído en casación se circunscribe a la causal de la desvinculación laboral,
- Revisado los antecedentes y los fundamentos de la resolución de vista impugnado en el marco
- Del fundamento glosado, no es difícil advertir que el tribunal ad quem arriba a tal
- Así entonces existiendo dos pruebas contradictorias sobre un mismo hecho, corresponderá al juez, ante la
- Bajo estos parámetros se concluye que el tribunal de apelación resolvió la causa con total
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
