Por memorial presentado el 23 de junio de 2010, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 199/2015-RA-L
Sucre, 10 de abril de 2015
Expediente : Potosí 36/2010
Parte acusadora: Gloria Marina Chosco Zaique
Parte imputada : Filomena Saique Choque y otro
Delitos : Difamación y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 23 de junio de 2010, cursante de fs. 87 a 88, Filomena Saique Choque y Marcelo Bimer Gutiérrez Saique, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 022/2010 de 4 de junio, de fs. 82 a 83, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del proceso penal seguido por Gloria Marina Chosco Zaique contra los recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de Difamación e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 282 y 287 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 199/2015-RA-L
Sucre, 10 de abril de 2015
Expediente : Potosí 36/2010
Parte acusadora: Gloria Marina Chosco Zaique
Parte imputada : Filomena Saique Choque y otro
Delitos : Difamación y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 23 de junio de 2010, cursante de fs. 87 a 88, Filomena Saique Choque y Marcelo Bimer Gutiérrez Saique, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 022/2010 de 4 de junio, de fs. 82 a 83, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del proceso penal seguido por Gloria Marina Chosco Zaique contra los recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de Difamación e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 282 y 287 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 23 de junio de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Previo a realizar el análisis sobre el cumplimiento del primer requisito de admisibilidad, previsto por
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
