CONSIDERANDO III:
Concluye solicitando se case el Auto de Vista, manteniéndose subsistente la Sentencia de primera instancia.
CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
De la revisión del recurso, se advierte que la parte recurrente no comprendió la naturaleza jurídica del recurso de casación, al plantear recurso de casación en el fondo contra una resolución anulatoria, que conforme a la uniforme jurisprudencia que se tiene establecida al respecto tanto por el Tribunal Supremo de Justicia como por la Ex Corte Suprema de Justicia en el sentido de que contra una Resolución anulatoria no procede recurso de casación en el fondo sino únicamente en la forma, posición que se encuentra consolidada a través de la emisión de innumerables Autos Supremos
CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
De la revisión del recurso, se advierte que la parte recurrente no comprendió la naturaleza jurídica del recurso de casación, al plantear recurso de casación en el fondo contra una resolución anulatoria, que conforme a la uniforme jurisprudencia que se tiene establecida al respecto tanto por el Tribunal Supremo de Justicia como por la Ex Corte Suprema de Justicia en el sentido de que contra una Resolución anulatoria no procede recurso de casación en el fondo sino únicamente en la forma, posición que se encuentra consolidada a través de la emisión de innumerables Autos Supremos
- Distrito: Cochabamba
- CONSIDERANDO I:
- CONSIDERANDO II:
- CONSIDERANDO III:
- Consecuentemente, corresponde a este Tribunal fallar en la forma prevista por los arts
- Siendo excusable el error no se impone multa a los Vocales suscriptores del Auto de
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
