Auto Supremo AS/0243/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0243/2015-RA

Fecha: 07-Abr-2015

d) Finalmente, refiere que su único fin es que se haga justicia aplicándose la ley:


d) Finalmente, refiere que su único fin es que se haga justicia aplicándose la ley: “Ya que el que se disponga un nuevo juicio, armoniza con el Auto Supremo 221 de 28 de marzo de 2007, respecto a la facultad de reparar directamente algún defecto por los Tribunales de alzada, prevista por la última parte del art. 413 del CPP” (sic), que en el caso de autos, habrían incumplido “…los Vocales de la Sala Penal Primera, al emitir la resolución Nº 14/2013 de 15 de febrero de 2013.” (sic), debiendo, conforme lo establecido en el art. 414 del CPP, emitir nueva Sentencia, con la debida fundamentación complementaria, como lo expresa el Auto Supremo 65/2012-RA de 19 de abril, que es concordante con el Auto Supremo 221 de 28 de marzo de 1997