b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular José Chanez Blaz, interpuso recurso de apelación
b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular José Chanez Blaz, interpuso recurso de apelación restringida (fs. 177 a 180 vta.), resuelto por el Auto de Vista de 31 de octubre de 2014 (fs. 218 a 222 vta.), emitida por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró procedente el recurso de apelación restringida y anuló totalmente la Sentencia apelada, disponiendo la reposición del juicio por otro Juez de Sentencia
- Por memorial presentado el 26 de febrero de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular José Chanez Blaz, interpuso recurso de apelación
- c) El 19 de febrero de 2015 (fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se extrae el siguiente motivo
- Finalmente, señaló que el Auto de Vista impugnado, con la cita de Autos Supremos, ha
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 19 de febrero de 2015, la
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
