De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece:
a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 08/2013 de 22 de noviembre (fs. 163 a 173 vta.), el Juez Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Jenny Orellana Terrazas absuelta de la comisión del delito de Estelionato, previsto y sancionado por el art. 337 del CP, con costas
- Por memorial presentado el 26 de febrero de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular José Chanez Blaz, interpuso recurso de apelación
- c) El 19 de febrero de 2015 (fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se extrae el siguiente motivo
- Finalmente, señaló que el Auto de Vista impugnado, con la cita de Autos Supremos, ha
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 19 de febrero de 2015, la
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
