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    Auto Supremo AS/0259/2015-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0259/2015-RRC

    Fecha: 10-Abr-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 15 de octubre de 2014, cursante de fs
    • a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 04/2014 de 18 de
    • El recurrente, acusa que el Auto de Vista impugnado no contiene una debida fundamentación; pues,
    • Conforme el Auto de admisión 9/2015-RA de 6 de enero, el análisis de fondo de
    • Establecido el ámbito del análisis del recurso casacional, se identifican las siguientes actuaciones vinculadas
    • El recurrente en el memorial de apelación restringida, alegó cuatro motivos que fueron objeto de
    • 2) Acusó también los vicios de Sentencia descritos en los incs
    • El segundo vicio, porque se realizó defectuosa valoración de la prueba, ya que no se
    • Acusó que el Juez, conforme se desprende a fs
    • 3) Finalmente denunció, el vicio de Sentencia establecido en el inc
    • II.2. Auto de Vista
    • Previa relación de hechos y circunstancias que originaron el proceso y fueron objeto del recurso
    • En virtud a todo lo fundamentado y valorado es que este Tribunal de Alzada sin
    • El Tribunal de apelación en la parte resolutiva del Auto de Vista impugnado, declaró improcedentes
    • III.1. Precisiones legales y doctrinales
    • El art
    • La fundamentación no podrá ser reemplazada por la simple relación de los documentos o la
    • Sobre la temática, el Auto Supremo 396/2014-RRC de 18 de agosto de 2014 entre muchos,
    • Las resoluciones, para su validez y eficacia, requieren cumplir determinadas formalidades, dentro las cuales se
    • Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
    • En similar sentido, previa referencia al art
    • Respecto a lo anterior, la jurisprudencia constitucional, desarrolló el alcance y finalidad del derecho a
    • Lo precedentemente señalado, evidencia que el Tribunal de apelación, no se encuentra exento de fundamentar
    • III.2. De los precedentes contradictorios
    • Inicialmente, corresponde aclarar que, el Auto Supremo 562 de 4 de octubre de 2004, es
    • En el caso presente, como ya se tiene establecido, el recurrente denuncia que el Auto
    • III.3. Análisis del caso en concreto
    • El recurrente alega que el Tribunal de alzada, emitió el Auto de Vista impugnado, sin
    • Precisado el objeto de impugnación, se verifica que el recurrente denunció en apelación restringida, que
    • En el caso en examen, se constata una vez más, que la Sala Penal, cuyo
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • En aplicación del art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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