Auto Supremo AS/0264/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0264/2015-RA

Fecha: 10-Abr-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la querella (fs. 21 a 22 vta.), una vez desarrollado y concluido el juicio oral y público, el Juez Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, pronunció la Sentencia 16/2014 de 30 de septiembre, que declaró a Franz Carmelo Saldías Mendoza, María Dora Isabel Villarroel Ríos y María Indira Valdivia Villarroel, absueltos del delito de Despojo y su agravante, previsto y sancionado por el art. 351 con relación al art. 355 del CP, al no haberse aportado la prueba suficiente que genere en el suscrito Juez la convicción sobre su responsabilidad penal, sin que corresponda declarar la temeridad o malicia a los efectos de la responsabilidad correspondiente, en mérito a que la absolución fue declarada como consecuencia de la insuficiencia de pruebas de cargo.

b) La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por el querellante Carlos Eduardo Soto Arias, conforme se evidencia del memorial (fs. 196 a 202), que mereció el pronunciamiento del Auto de Vista 108 de 26 de diciembre de 2014 (fs. 230 a 232 vta.), que lo declaró admisible e improcedente el recurso planteado