Por lo señalado precedentemente, corresponde a este Máximo Tribunal resolver en la forma prevista por
Por lo señalado precedentemente, corresponde a este Máximo Tribunal resolver en la forma prevista por los arts. 271 num.1) y 272 del Código de Procedimiento Civil
- Distrito: Cochabamba
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Sentencia fue recurrida de apelación por Dennys Franz Bazoalto Romero en representación de Jorge Guillermo
- Contra el referido Auto de Vista, Jorge Suaznabar Amonzabel en representación de Jorge Núñez del
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Por lo señalado precedentemente, corresponde a este Máximo Tribunal resolver en la forma prevista por
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Habiéndose respondido el recurso, se regula el honorario profesional del Abogado del actor en la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán
