Por otra parte, acusó que se incurrió en la causal de casación establecida en el
Por otra parte, acusó que se incurrió en la causal de casación establecida en el art. 254. 4) del Código de Procedimiento Civil, al no pronunciarse sobre la pretensión deducida en el recurso de apelación, respecto al pago efectuado a los actores conforme documentos y prueba literal de 23 de mayo de 2008, donde se acredita los montos adeudados efectivamente a los actores, suma de dinero que los demandantes no han declarado en su demanda infringiendo el art. 3-f) del Código Procesal del Trabajo
- Auto Supremo Nº 92/2015-L
- Expediente: CBBA. 451/2010
- VISTOS: El recurso de casación y/o nulidad de fs
- En grado de apelación formulada de fs
- Que, el referido auto de vista, motivó el recurso de casación y/o nulidad de fs
- Que si bien evidentemente la Federación Sindical de Trabajadores del LAB S
- Por otra parte, acusó que se incurrió en la causal de casación establecida en el
- Finalmente denuncia que el fallo fue pronunciado alterando el orden cronológico de resolución y sin
- Concluye solicitando al Supremo Tribunal, case o en su caso anule el auto de vista
- CONSIDERANDO II: Que, así expuesto los argumentos del recurso de casación, para su resolución es
- A mayor fundamentación, cabe decir que dicha reglamentación se encontraba aprobada y vigente al momento
- Por otra parte, sobre la casación en la forma reclamando la supuesta nulidad del auto
- Que, en el marco legal descrito, el Auto de Vista recurrido, no incurrió en violación
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Se regula honorario profesional para el abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
