De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Desarrollada la audiencia de juicio oral, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, pronunció la Sentencia 17/2014 de 15 de agosto (fs. 16 a 23 vta.), por la cual declaró al imputado Gualberto Juan Mejido Ruiz, absuelto del delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente, previsto en el art. 308 Bis del CP, disponiendo el cese de las medidas cautelares adoptadas
- Por memorial presentado el 3 de marzo de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, Olivia Marce Fernández, Fiscal de Materia III, presentó recurso de
- c) Notificada la recurrente con el referido Auto de Vista el 26 de febrero de
- Del memorial de fs.51 a 52, se extrae el siguiente motivo
- El art
- Dentro de ese mismo contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- Denuncia respecto a la valoración de la prueba
- Con relación al primer requisito respecto al plazo para la interposición del recurso de casación,
- Sobre este motivo se observa que la recurrente no cumplió con la carga procesal de
- No obstante lo señalado, es preciso señalar que ante la denuncia de posible lesión del
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
