Auto Supremo AS/0282/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0282/2015-RA

Fecha: 11-May-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación particular presentada por José Luis Rodríguez Angola y Aleyda Huayllani Vásquez (fs. 13 a 14), una vez concluida la audiencia de juicio oral, el Juez de Partido, Mixto, Liquidador y de Sentencia de Tupiza del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, pronunció la Sentencia 01PP/2014 de 9 de septiembre (fs. 121 a 124), por la que declaró al imputado Luis Alberto Molina Hurtado, autor y culpable de la comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del CP, condenándolo a la pena privativa de libertad de seis meses a ser cumplidos en la Cárcel Pública de Tupiza; empero, en aplicación del art. 366 del Código de Procedimiento Penal (CPP), se determino la suspensión condicional de la pena y del ofrecimiento de venta del lote de terreno y el borrado del letrero con número de celular que existe en la pared; más resarcimiento de daños, perjuicios y costas del proceso a favor del Estado