Auto Supremo AS/0311/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0311/2015

Fecha: 13-May-2015

CONSIDERANDO I

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 311
Sucre, 13 de mayo de 2015

Expediente: 26/2011-S
Demandante: Beymar Martínez Rodríguez
Demandado: Barraca “APARICIO”
Distrito: Tarija
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia

VISTOS: Los recursos de casación en la forma y en el fondo de fs. 90 y vta., interpuesto por Edwin Gutiérrez Mejía como propietario de la Empresa Barraca “APARICIO”, y de fs. 96 a 97 vta., interpuesto por Beymar Martínez Rodríguez, ambos contra el Auto de Vista de 27 de noviembre de 2010 (fs. 86 a 87 vta.), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, dentro del proceso social que por pago de beneficios sociales y otros derechos laborales sigue Beymar Martínez Rodríguez contra la Barraca “APARICIO” de propiedad de Wilfredo Aparicio Rojas; las respuestas de fs. 96 y vta. y 101; el Auto de 05 de enero de 2011 de fs. 101 vta., que concedió ambos recursos; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
I. 1 Sentencia
Que, interpuesta la demanda y tramitado el proceso social, la Juez de Partido Segundo de Trabajo y Seguridad Social del distrito judicial de Tarija, emitió Sentencia de 09 de julio de 2010 cursante de fs. 53 a 54 de obrados, declarando probada en parte la demanda de fs. 9 y vta., con costas; ordenando a la empresa demandada cancelar al actor los beneficios sociales requeridos, cuyo monto total es de Bs.24.308,00.-(veinticuatro mil trescientos ocho 00/100 bolivianos), por los conceptos de indemnización, desahucio y vacación, con un sueldo promedio indemnizable de Bs.-2.500.-