Auto Supremo AS/0311/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0311/2015

Fecha: 13-May-2015

Lo anotado ut supra, denota una falta de acuciosidad en el planteamiento del recurso, cuando

Por otra parte, en el memorial se limita a expresar su insatisfacción con lo resuelto en los fallos de fondo, al señalar que si bien corresponde a la parte demandada desvirtuar las afirmaciones hechas por el trabajador en su demanda, considera que el actor también debió aportar prueba respecto a su pretensión, tal cual establecería el art. 150 del CPT; empero, tampoco señala respecto a que cuestión en concreto se está refiriendo el recurrente
Lo anotado ut supra, denota una falta de acuciosidad en el planteamiento del recurso, cuando inclusive se advierte que la pretensión del recurrente es la nulidad del proceso, conforme se advierte del petitorio del mismo, siendo más explícito en su equívoco, cuando funda su petitorio en la previsión del art. 275 del CPC; en ese entendido, se concluye que demandado recurrente no cumplió con los requisitos establecidos en el numeral 2) del art. 258 del CPC, al extremo, de no citar ninguna norma sustantiva o adjetiva supuestamente violada o infringida