De la revisión de antecedentes se constata que el recurrente cumplió con el primer requisito
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
De la revisión de antecedentes se constata que el recurrente cumplió con el primer requisito relativo al plazo para la interposición del recurso de casación, habida cuenta que, fue notificado con los Autos de Complementación al Auto de Vista impugnado el 3 de febrero de 2015 (fs. 1203), planteando su recurso de casación el 9 del mismo mes y año; cumpliendo de esta manera con el art. 417 del CPP
- Por memorial presentado el 9 de febrero de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificada la parte recurrente con los Autos de Complementación, el 3 de febrero de
- Del memorial que cursa de casación, se extrae el siguiente motivo
- Al efecto, invoca los Autos Supremos 436 de 15 de octubre de 2005, 336 de
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes se constata que el recurrente cumplió con el primer requisito
- Con relación al motivo denunciado por el recurrente, referido a que el Tribunal de alzada
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
