De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, el Tribunal Cuarto de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció Sentencia de 85/2009 de 17 de marzo (fs. 430 a 434), declarando a Wilfredo Walter Guzmán Rivera, autor de la comisión del delito de Manipulación Informática, previsto y sancionado por el art. 363 Bis del CP, imponiéndole la pena privativa de libertad de cuatro años de reclusión a cumplir en la penitenciaria de San Pedro de la ciudad de La Paz, más cien días multa a razón de Bs. 5.- (cinco bolivianos) por día, así como al pago de costas procesales y reparación del daño a ser regulados en ejecución
- Por memorial presentado el 8 de diciembre de 2009, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Wilfredo Walter Guzmán Rivera, interpuso recurso de apelación
- c) Notificada la entidad recurrente, con el referido Auto de Vista el 2 de diciembre
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- b) Acusa a los de alzada, de anular la Sentencia con base en “las falacias”
- c) Finalmente aduce la entidad impetrante, que conforme se puede evidenciar de la prueba adjunta
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
