Auto Supremo AS/0248/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0248/2015-RA-L

Fecha: 03-Jun-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación fiscal (fs. 134 a 136), una vez concluida la audiencia de juicio oral, el Tribunal Primero de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, pronunció la Sentencia 38/2009 de 18 de diciembre (fs. 667 a 678), por la que declaró a los imputados Andrea Molina Roca y Reynaldo Fader Quiroz Molina, autores y responsables de la comisión de los delitos de Robo, Asociación Delictuosa y Allanamiento de Domicilio, previstos y sancionados por los arts. 331, 132 y 298 del CP, condenándolos a la pena privativa de libertad de cinco años de presidio a cumplir en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz de “Palmasola” de la ciudad de Santa Cruz, más el pago de costas a favor del estado a ser calificados en ejecución de sentencia, por otro lado, los declaró absueltos de pena y culpa de la comisión de los delitos de Lesiones Graves y Leves, previstos y sancionados por el art. 271 del CP.

b) Contra la referida Sentencia, los imputados Andrea Molina Roca y Reynaldo Fader Quiroz Molina, interpusieron recurso de apelación restringida (fs. 974 a 975); resuelto por Auto de Vista de 45/2010 de 22 de marzo, emitido por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, que declaró improcedente el recurso de apelación restringida