Auto Supremo AS/0257/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0257/2015-RA-L

Fecha: 03-Jun-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a las acusaciones pública (fs. 2 a 4 vta.) y particular presentada por Blanca Rosario Zúñiga Claros y Pedro Emilio Zúñiga Claros (fs. 8 a 10 vta.); una vez desarrollada la audiencia de juicio oral, el Tribunal Mixto Segundo de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, pronunció la Sentencia 42/2008 de 2 de octubre (fs. 179 a 185 vta.), por la que declaró al imputado, Ahissar Méndez Gamarra, absuelto de culpa y pena de la comisión de los delitos de Falsedad Material y Uso de Instrumento Falsificado, tipificados y sancionados por los arts. 198 y 203 del CP; y, autor del delito de Falsedad Ideológica, previsto por el art. 199 del precitado cuerpo legal, imponiéndole la pena privativa de libertad de tres años de reclusión a cumplir en la cárcel pública de San Sebastián varones de la ciudad de Cochabamba, más condenación a la reparación de daño civil a favor de la querellante y costas al Estado