Auto Supremo AS/0272/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0272/2015-RA-L

Fecha: 03-Jun-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, el Juzgado de Partido, Mixto, Liquidador y de Sentencia de la provincia Modesto Omiste del Distrito Judicial de Potosí, pronunció Sentencia de 44/2010 de 9 de marzo de 2010 (fs. 58 a 61), declarando a Luz Efigenia Burgos Burgos, autora de la comisión del delito de Calumnia previsto y sancionado por el art. 283 del CP, condenándole a la pena privativa de libertad de seis meses y multa de cien días a razón de Bs. 5.- (cinco boliviano) por día; concediéndole el beneficio de perdón judicial. Por otra parte, la declaró absuelta de la comisión del delito de Injuria, previsto y sancionado por el art. 287 del CP