En el caso de autos, respecto al primer requisito del recurso de casación, se constata
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos, respecto al primer requisito del recurso de casación, se constata que la recurrente fue notificada con el Auto de Vista impugnado, el 8 de diciembre de 2010 (fs. 262) y que presentó recurso de casación el 14 del mismo mes y año; es decir, dentro del plazo de los cinco días que otorga el párrafo primero del art. 417 del CPP
- Por memorial presentado el 14 de diciembre de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, Santusa Tacuri Chunca Vda
- c) Notificada Santusa Tacuri Chunca Vda
- Agrega, que se afirmó que la parte contraria pidió exclusión probatoria de la prueba ofrecida
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, respecto al primer requisito del recurso de casación, se constata
- En cuanto al cumplimento de los demás requisitos de admisibilidad, se establece que la recurrente
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
