Auto Supremo AS/0337/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0337/2015-RA

Fecha: 01-Jun-2015

No obstante lo señalado, ante la denuncia de lesión al debido proceso, en sus elementos


No obstante lo señalado, ante la denuncia de lesión al debido proceso, en sus elementos defensa e imparcialidad, es preciso verificar si el recurrente cumplió con la tarea de explicar mínimamente de qué modo se produjo la lesión a sus derechos y cuál la relevancia de lo resuelto en la decisión final del litigio, conforme a los requisitos establecidos en el apartado IV del presente Auto Supremo. Así, se tiene que el recurrente; además, de especificar detalladamente cuál la argumentación cuestionada, que tacha de insuficientemente motivada, fundamentada y valorada, del Auto de Vista recurrido; aseveró, que dichos razonamientos constituyeron defecto absoluto previsto en el art. 169 inc. 3) del CPP, resaltando que como consecuencia, el Tribunal de alzada le impuso la pena de un año de reclusión en el Penal de Palmasola, habilitando a la parte acusadora a que le cobre los supuestos daños, argumentación que permite el análisis de fondo del motivo de casación, vía flexibilización