La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación formulado por Tarín Crisálida García Flores, de fs. 128 a 130. y en cumplimiento del segundo párrafo del mencionado artículo, se dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, fotocopias legalizadas del Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo
- Por memorial presentado el 9 de marzo de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) El 2 de marzo de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Refiere que de la revisión del Auto de Vista impugnado: “…se tiene la omisión del
- De igual forma refiere la ausencia de una suficiente y adecuada revisión y motivación en
- Cita los Autos Supremos 134/2013-RR de 20 de mayo, 127/2011 de 21 de abril, 8/2012
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 2 de marzo de 2015, la
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de fondo, se advierte que la recurrente
- Sin embargo, no es menos evidente, que la recurrente cuestiona a partir de la precisión
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
