b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Alberto Licona Solís, formuló recurso de apelación restringida
b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Alberto Licona Solís, formuló recurso de apelación restringida (fs. 726 y vta.), subsanado por escrito de 6 de abril de 2015 (fs. 609 y vta.) y resuelto por Auto de Vista de 7 de abril de 2015, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró inadmisible el recurso y confirmó la Sentencia en su integridad
- Por memorial presentado el 17 de abril de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Alberto Licona Solís, formuló recurso de apelación restringida
- De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivo el siguiente
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes; se tiene, que el recurso de casación fue presentado dentro
- Ahora bien, el recurrente se limita a señalar de manera general que el Tribunal de
- Por último, si bien el recurrente señala Sentencias Constitucionales, corresponde aclarar que este tipo de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
