Auto Supremo AS/0404/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0404/2015-RA

Fecha: 17-Jun-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 404/2015-RA
Sucre, 17 de junio de 2015

Expediente: Cochabamba 29/2015
Parte acusadora: Ministerio Público
Parte imputada: Silverio Choque Vargas y otra
Delito: Tráfico de Sustancias Controladas

RESULTANDO

Por memorial presentado el 18 de marzo de 2015, cursante de fs. 495 a 497, Silverio Choque Vargas, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 18 de diciembre de 2014, de fs. 488 a 493, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente y María Ángela Zambrana Solíz, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008).

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 27/2013 de 20 de noviembre (fs. 471 a 479), el Tribunal de Sentencia de Sacaba del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Silverio Choque Vargas, autor de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley 1008, condenándole a cumplir la pena de diez años de presidio, más el pago de doscientos días multa a razón de Bs. 1 por día, costas y responsabilidad civil, averiguables en ejecución de Sentencia; asimismo, declaró a María Ángela Zambrana Solíz, absuelta de la comisión del citado delito