En grado de apelación deducido por ambas partes (fs
I.2 Auto de Vista
En grado de apelación deducido por ambas partes (fs. 567 a 571 vta., y 575 a 576 vta.), la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, mediante Auto de Vista Nº 04/2015 de 16 de enero (fs. 611 a 614 vta.), confirmó la sentencia apelada de fs. 496, con la modificación que los seis meses se computan desde el 1 de abril al 1 de noviembre del mismo año, y la multa del 30% será calculada y actualizada según la variación de la Unidad de Fomento a la Vivienda
En grado de apelación deducido por ambas partes (fs. 567 a 571 vta., y 575 a 576 vta.), la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, mediante Auto de Vista Nº 04/2015 de 16 de enero (fs. 611 a 614 vta.), confirmó la sentencia apelada de fs. 496, con la modificación que los seis meses se computan desde el 1 de abril al 1 de noviembre del mismo año, y la multa del 30% será calculada y actualizada según la variación de la Unidad de Fomento a la Vivienda
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- En grado de apelación deducido por ambas partes (fs
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación de fs
- Manifiesta que el Auto de Vista no se pronunció sobre la denuncia de contradicción de
- Señala que, el Auto de Vista no manifiesta sobre el valor probatorio del documento apócrifo
- Indica que, ni siquiera se ha mencionado en el Auto de Vista el cuarto agravio
- Denuncia que, el Auto de Vista ha obviado pronunciamiento sobre muchos agravios denunciados especialmente sobre
- Concluyó solicitando al superior en grado con mejor criterio y empleo efectivo de la sana
- Por otra parte, los recursos de "casación en el fondo" y "casación en la forma",
- En la especie, el contenido del recurso de casación de fs
- Finalmente corresponde establecer que, la simple relación expuesta, no sustituye a la fundamentación que deben
- En consecuencia, al no haber cumplido la entidad recurrente con la carga legal prevista en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
