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    Auto Supremo AS/0475/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0475/2015

    Fecha: 25-Jun-2015

    En base a lo expuesto indica que los demandados tenían el plazo perentorio e improrrogable

    En base a lo expuesto indica que los demandados tenían el plazo perentorio e improrrogable de dos años para instaurar la demanda después del fallecimiento de su hijo Lino Baspineiro y siempre y cuando hubiera existido error, ignorancia y no instaurarlo después de nueve años
    • ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Resolución que es apelada por la actora, y como consecuencia de ello, se dicta el
    • Determinación que es recurrida en casación en el fondo, el mismo que se analiza
    • Indica que hasta el cansancio ha reclamado la no procedencia de la demanda de Posesión
    • En base a lo expuesto indica que los demandados tenían el plazo perentorio e improrrogable
    • De la revisión de obrados y de los antecedentes expuestos en el recurso de casación
    • En el caso de Autos, la recurrente acusa que la acción de posesión de estado
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Dr. Rómulo Calle Mamani

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