Se dispone la devolución de antecedentes ante la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de
Se dispone la devolución de antecedentes ante la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, para que aplique la normativa existente al respecto en concordancia con el razonamiento de la presente resolución
- FECHA:Sucre, 21 de julio de 2015
- EXPEDIENTE Nº:539/2013
- PROCESO:Consulta de Excusa
- PARTES:Elevado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz
- VISTOS EN SALA PLENA: La consulta de excusa remitida por los Vocales de la Sala
- CONSIDERANDO I: Que de la revisión de los antecedentes adjuntos a la consulta en análisis,
- CONSIDERANDO II
- Por otro lado, el art
- Así mismo el art
- Las normas señaladas precedentemente, orientan que la competencia de un Juez únicamente puede ampliarse en
- Por su parte el art
- El art
- Expuesta esta normativa, nótese que en los casos citados precedentemente, la ley establece expresamente el
- En consecuencia a lo precedentemente expuesto, habiéndose excusado los tres Vocales que integran la Sala
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se dispone la devolución de antecedentes ante la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de
- No suscribe la Magistrada Maritza Suntura Juaniquina por emitir voto disidente
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Sala Plena
