En el fondo, denunció aplicación indebida de la ley, error de hecho y de derecho
En el fondo, denunció aplicación indebida de la ley, error de hecho y de derecho en la valoración de la prueba documental y testifical, toda vez que el cuaderno de pago de salarios (libreta) presentado contiene la declaración expresa de la actora quien acepta haber incurrido en actos de abuso de confianza; sin embargo el tribunal ad quem apartándose de la norma, de manera indebida aplica el art. 1308 del Código Civil, señalando que este documento no es tomado en cuenta al ser un papel doméstico, vulnerando así lo establecido en el art. 159 del Código Procesal del Trabajo, pues con dicha prueba se demostró que el despido es justificado por lo que corresponde aplicar el art. 16 lit. g) de la Ley General del Trabajo y art. 9 lit. g) de su Decreto Reglamentario, extremo que al no haber sido objetado en su momento merecía ser valorada; así también la jurisprudencia de la Corte Suprema en los A.S. 230 de 6 de octubre de 2009 presentado así como los A.S. 111/82, 212/84 y 025/05 para conocimiento del tribunal de alzada no fue tomada en cuenta sin fundamento alguno, pese a que la misma señala de manera uniforme que en delitos de abuso de confianza demostrados no se requiere de un proceso penal previo
- Auto Supremo Nº 144/2015-L
- Sucre, 1 de julio de 2015
- Expediente: CHUQ. 545/2010
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido Segundo de Trabajo y
- En grado de apelación, deducida por los demandados de fs
- Que, contra el referido auto de vista, los recurrentes, interpusieron recurso de casación de fs
- En el fondo, denunció aplicación indebida de la ley, error de hecho y de derecho
- Concluyó solicitando se anulen obrados, o en su caso se case el auto de vista
- CONSIDERANDO II: Que, así expuesto los argumentos del recurso de casación, para su resolución es
- En mérito a lo expuesto, no siendo evidentes los reclamos efectuados en el recurso de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Se regula honorario profesional para el abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
