En grado de apelación, deducida por los demandados de fs
En grado de apelación, deducida por los demandados de fs. 83 a 86, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, pronunció el Auto de Vista Nº 278/2010 de 08 de septiembre de 2010 de fs. 101 a 102, CONFIRMANDO en todas sus partes la sentencia apelada, con costas en ambas instancias
- Auto Supremo Nº 144/2015-L
- Sucre, 1 de julio de 2015
- Expediente: CHUQ. 545/2010
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido Segundo de Trabajo y
- En grado de apelación, deducida por los demandados de fs
- Que, contra el referido auto de vista, los recurrentes, interpusieron recurso de casación de fs
- En el fondo, denunció aplicación indebida de la ley, error de hecho y de derecho
- Concluyó solicitando se anulen obrados, o en su caso se case el auto de vista
- CONSIDERANDO II: Que, así expuesto los argumentos del recurso de casación, para su resolución es
- En mérito a lo expuesto, no siendo evidentes los reclamos efectuados en el recurso de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Se regula honorario profesional para el abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
