El referido fallo de segunda instancia, motivó al coactivado Cristóbal Ramos Navarro, a interponer el
El referido fallo de segunda instancia, motivó al coactivado Cristóbal Ramos Navarro, a interponer el recurso de casación en el fondo de fs. 212 a 214, en el que esgrime los siguientes fundamentos:
Expresa que habiendo sido imposible conseguir documentación de descargo hasta fecha 25 de enero de 2010, presentó la misma a fs. 190 a 195 en atención a lo dispuesto por el art. 331 del Código de Procedimiento Civil, sin embargo, ésta no fue considerada ni por la juez a quo ni por el tribunal ad quem, en franca violación de los arts. 116.I y 117.I de la Suprema Ley porque presumiblemente habría concluido el término probatorio, inexistente en materia coactiva fiscal
- Auto Supremo Nº 146/2015-L
- Sucre, 10 de julio de 2015
- Expediente: LPZ 229/2010
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal, la Juez Segundo de Partido Administrativo, Coactivo
- En grado de apelación formulada por el coactivado a fs
- El referido fallo de segunda instancia, motivó al coactivado Cristóbal Ramos Navarro, a interponer el
- Posteriormente realiza el recurrente, una amplia exposición de hechos y descargos, los que fueron ya
- Acusa violación de los arts
- Asevera que se violó los arts
- Concluye solicitando se case el auto de vista Res
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo, se
- Al respecto es menester expresar que, de la revisión de actuados procesales se verifica que
- No obstante del conocimiento de la Resolución de primera instancia de la cual formulo apelación,
- Luego de haberse concedido el recurso de apelación y ser remitido el expediente a la
- Respecto a la aseveración que efectúa el recurrente, de que se le negó el derecho
- En efecto, se verifica en actuados que pese a las notificaciones que cumplieron con la
- En cuanto a la indebida aplicación de los arts
- Por los razonamientos expresados, se concluye que la decisión del tribunal de alzada de confirmar
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- egístrese, notifíquese y devuélvase.
