Ahora bien, con relación al relato intrascendente de que el tribunal de alzada, vulneró los
Ahora bien, con relación al relato intrascendente de que el tribunal de alzada, vulneró los principios de continuidad, estabilidad, la primacía de la realidad e in dubio pro operario, al respecto, sólo con fines de aclaración, se debe precisar que, el principio de protección no debe ser entendido de manera absoluta, al grado que la protección al trabajador, signifique la desprotección del empleador o la vulneración de sus derechos; consiguientemente, los argumentos esbozados por los recurrentes, carecen de la técnica recursiva, fundamentación y sustento legal, inobservancia que de ningún modo pueden suplirse por este Tribunal de casación, sin que esta decisión implique que la parte recurrente pueda argumentar negación del derecho de acceso a la justicia, a la tutela judicial efectiva y de otros derechos fundamentales, cuando ésta forma de resolución obedece al propio descuido y negligencia en que incurrieron los recurrentes a tiempo de formular el recurso de casación omitiendo completamente la carga recursiva por ley establecida
- Auto Supremo Nº 152/2015-L
- Expediente: LPZ 557/2010
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, la Juez 1º de Partido del Trabajo
- En grado de apelación, deducido por los demandantes de fs
- Que, contra el referido auto de vista, los demandantes nombrados, interponen recurso de casación en
- En principio es necesario dejar establecido que el recurso de casación se equipara a una
- En ese sentido, el recurso de casación en el fondo tiene por objetivo “modificar el
- Complementando lo anterior, es preciso aclarar que para la eficacia del recurso de casación en
- En este contexto, corresponde señalar que en el contenido del memorial de fs
- Ahora bien, con relación al relato intrascendente de que el tribunal de alzada, vulneró los
- Por lo expuesto, analizado como se tiene el recurso, se concluye que su contenido no
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
