Auto Supremo AS/0161/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0161/2015-L

Fecha: 29-Jul-2015

CONSIDERANDO II: Que, así expuesto los argumentos del recurso de casación, para su resolución es

Que los informes de auditoría tienen que ser realizados con objetividad, imparcialidad y total transparencia, y no con información y documentación obtenida en forma unilateral, a efectos de los arts. 39 y 40 del D.S. 23215, lo que no ocurrió con la auditoria que se basó en información equivocada, incompleta y hasta apócrifas, así como el hecho de negar su solicitud de inspección al lugar de ejecución de las obras que era esencial y absolutamente necesario para desvirtuar los cargos impuestos.
Concluyó solicitando incongruentemente que “se dicte auto el auto supremo revocando el auto apelado, disponiendo en consecuencia se declare improbada la demanda…” (Sic.)
CONSIDERANDO II: Que, así expuesto los argumentos del recurso de casación, para su resolución es menester realizar las siguientes consideraciones:
Previó a ingresar en el análisis de la problemática planteada, se debe dejar claramente establecido que el memorial de recurso reitera la argumentación vertida en el recurso de apelación; a su vez, carece de técnica jurídica al no hacer una crítica legal a la resolución impugnada y limitarse a solicitar en su petitorio incongruente que: “se dicte auto el auto supremo revocando el auto apelado, disponiendo en consecuencia se declare improbada la demanda…” (Sic.), forma de resolución inexistente para el recurso de casación; no obstante de las deficiencias enunciadas, se pasa a fundamentar a efectos de resolver la causa y dar una respuesta a las partes en litigio