En grado de apelación formulada de fs
En grado de apelación formulada de fs. 192 por la institución demandada, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, por Auto de Vista Nº 52/2010 de 27 de septiembre de 2010 de fs. 267 a 269, CONFIRMÓ la Sentencia Nº 43/2009 cursante a fs. 182 a 188, conforme a lo previsto por el numeral 1) del art. 237 del Código de Procedimiento Civil, aplicable al caso de autos por decisión del art. 252 del Código Procesal del Trabajo. Con costas en ambas instancias
- Auto Supremo Nº 174/2015-L
- Expediente: Or. 583/2010
- CONSIDERANDO I: Que,
- En grado de apelación formulada de fs
- Que, el referido auto
- Concluye solicitando al Supremo Tribunal, case el auto de vista recurrido, y emergente de ello
- De la lectura del memorial de recurso, se advierte que éste carece de fundamentación legal
- Por consiguiente y en mérito a lo expuesto precedentemente, se concluye que al no ser
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- No se regula honorario profesional por no haber sido contestado el recurso de casación
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
