CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, analizado el contenido del mismo se
CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, analizado el contenido del mismo se establece lo siguiente:
Si bien es cierto que lo medios de impugnación configuran instrumentos jurídicos consagrados por las leyes procesales para corregir, modificar, revocar o anular los actos y las resoluciones judiciales, cuando adolecen de deficiencias, errores, ilegalidad o injusticia y, que por principio y naturaleza todo acto jurisdiccional es impugnable, conforme prevé el art. 180. II e la CPE; sin embargo, es también evidente que en algunos casos, la ley proclama de manera absoluta o relativa la limitación impugnativa o, que ella resulta de la misma estructura judicial
Si bien es cierto que lo medios de impugnación configuran instrumentos jurídicos consagrados por las leyes procesales para corregir, modificar, revocar o anular los actos y las resoluciones judiciales, cuando adolecen de deficiencias, errores, ilegalidad o injusticia y, que por principio y naturaleza todo acto jurisdiccional es impugnable, conforme prevé el art. 180. II e la CPE; sin embargo, es también evidente que en algunos casos, la ley proclama de manera absoluta o relativa la limitación impugnativa o, que ella resulta de la misma estructura judicial
- Auto Supremo Nº 185/2015-L
- Expediente: BN. 239/2010
- Contra dicho auto interlocutorio, la parte recurrente, formuló recurso de apelación de fs
- Dicho fallo, motivó el recurso de casación en la forma, interpuesto por la Cooperativa de
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, analizado el contenido del mismo se
- En efecto, el art
- Resulta pertinente resaltar también lo previsto en el art
- En la especie, el Auto de Vista Nº 46 de 13 de septiembre de 2010
- Bajo esos parámetros, se concluye que el Auto Interlocutorio de 14 de septiembre de 2009
- Por estas razones se concluye que este tribunal no tiene abierta su competencia para resolver
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
