POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial N° 025 de 24 de junio de 2010, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación en el fondo de fs. 159 a 160. Sin costas, en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990
- Auto Supremo Nº 186/2015-L
- Expediente: LPZ. 267/2010
- En grado de apelación formulada por la empresa coactivada a fs
- El referido fallo de segunda instancia, motivó a Rubén Darío Prado Quino en representación de
- Expresa que el auto de vista no hace ninguna valoración de la prueba que fue
- Indica que no se consideró el art
- Concluye solicitando se case la resolución impugnada y deliberando en el fondo declare improbada la
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo, se
- La línea jurisprudencial asumida en ese sentido se justifica plenamente en razón a que, cuando
- Por lo que, emergiendo la casación en el fondo y en la forma de dos
- En la litis, se verifica que el recurso de casación en el fondo es manifiestamente
- Por los fundamentos expuestos, corresponde en consecuencia resolver el recurso de fs
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
