- Auto Supremo Nº 192/2015-L
- Expediente: CBBA. 617/2010
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, deducida por la empresa demandada por memorial de fs
- Que, contra el referido auto de vista, la empresa demandada, interpuso recurso de casación de
- Que la empresa mediante su representante dejó claramente establecido que la relación que existió entre
- Concluyó solicitando que la Excelentísima Corte Suprema de Justicia se realice “una correcta valoración de
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso de casación y conforme a las normas aplicables
- En ese sentido, debe tenerse en cuenta que el recurso de casación en el fondo
- Por otra parte, el recurso de casación en la forma, tiene como finalidad anular
- Además de lo anotado, el recurrente que interponga recurso de casación en el fondo, la
- Consiguientemente, por los fundamentos expuestos, se colige que el recurso en cuestión no se acomoda
- Se regula honorario profesional de Abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
