Auto Supremo AS/0233/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0233/2015

Fecha: 29-Jul-2015

En conclusión, se advierte que el tribunal de segundo grado, no cumplió con las

En conclusión, se advierte que el tribunal de segundo grado, no cumplió con las previsiones contenidas en los arts. 190, 192, 236 del CPC, normas procesales que son de orden público y cumplimiento obligatorio, conforme instituye el art. 90 del adjetivo civil, por cuya inobservancia corresponde aplicar los arts. 252, 271.3) del CPC y 17 de la LOJ, con la permisión de la norma remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo